ACTA DE FUNDACIÓN

En el Balneario de Mejía, provincia de Islay, a los diez días del mes de Marzo de mil novecientos sesenta y uno, siendo  las seis de  la tarde, se reunieron los señores José Rey de Castro, Dr. Javier Llosa García, Dr. José García Calderón, Dr. José García Bustamante, José Ricketts, Olivares, Jorge Jenkins, Alfredo Olivares Marco del Pont, Jaime Delgado Lira, Herbert Ricketts Olivares, Ing. Gonzalo Olivares Rey de Castro, Dr. Antonio Villa Calvo, Alfonso Chirinos S., Felipe Caritg Lira y Enrique Alcázar A. y acordaron fundar en la fecha una asociación de carácter social - deportiva, con sede en este Balneario, la cual llevará la denominación de "Club Mejía" y cuyos fines serán los siguientes: Desarrollar e impulsar toda clase de actividades náuticas y deportes de playa, proporcionar a sus asociados un local social, cultural y deportivo para el ejercicio de aquellas actividades y deportes y otras distracciones, organizar torneos, concursos y certámenes tendientes al cumplimiento de los fines propuestos, proporcionar a sus asociados las instalaciones y equipos necesarios para que puedan gozar de los baños de mar, propender y fomentar el progreso y desarrollo del Balneario de Mejia, y cualquier  otro fin culto que se pudiera señalar en al futuro.

A fin de iniciar las actividades de esta Asociación, se acordó constituir un Directorio provisional, compuesto de cinco miembros, en la siguiente forma: Presidente: Sr. José Rey de Castro, Secretario: Dr. José García Bustamante, Tesorero: Dr. José García Calderón, Vocales: Srs. Javier Llosa García y Enrique Alcázar A. Este Directorio deberá abocarse de inmediato a la formación de los Estatutos de In Institución, la inscripción de la misma en los Registros Públicos, la obtención del terreno apropiado para su local social y deportivo y demás dependencias institucionales, la celebración de los contratos de locación de obra y de servicios que fueren necesarios para la construcción de los mismos,  la obtención y contratación de los  créditos necesarios para la iniciación de las obras y las demás atribuciones tendientes a esos fines. Finalmente, se encargo a los Srs. José Rey de Castro, José García Calderón, Javier Llosa García, José García Bustamante y José Ricketts Olivares, la suscripción de la minuta y escritura publica relativas a la constitución de esta Asociación, en la que deberá insertarse esta Acta y los Estatutos a confeccionarse.

Mejía, Marzo 1961